jueves, 30 de abril de 2015

Conferencia: Dios para el platonismo y el gnosticismo.


Plotino

Dr. Félix A. Lamas

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Conferencia: El descubrimiento de Dios, vía demostrativa, de Dios según Aristóteles.


Dr. Félix A. Lamas

Conferencia: Crítica de Aristóteles a la concepción platónica de Dios.


Dr. Félix A. Lamas

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Conferencia: La visión de Dios según Platón.


Dr. Félix A. Lamas

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viernes, 17 de abril de 2015

Comunicado oficial de la FSSPX sobre el reconocimiento argentino.

DICI, 13-Abr-2015.


Casa María Reina, la sede de Distrito de América del Sur (Buenos Aires, Argentina).

Argentina: El Estado Argentino reconoce administrativamente la Fraternidad San Pío X

El 12 de abril de 2015 el diario argentino Claríndio a conocer la decisión del Secretario de Culto,Guillermo R. Oliveri, publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina el 9 de abril 2015, conforme a la cual la Fraternidad San Pío X fue reconocida en Argentina como persona jurídica y se dispuso su inscripción en el Registro de Institutos de Vida Consagrada, que contiene la nómina de las órdenes y de las congregaciones religiosas católicas presentes en Argentina.

Esta decisión se vio posibilitada – entre otras formalidades a cumplir – por una carta del Arzobispo de Buenos Aires, el Cardenal Mario Aurelio Poli, enviada a la Secretaría de Culto, acompañando el trámite iniciado en 2011 en dicha Secretaría por las autoridades de la Fraternidad. Esta carta, en la que el Arzobispo de Buenos Aires “solicita que la Fraternidad de los Apóstoles de Jesús y María (Fraternidad San Pío X) sea considerada, hasta que encuentre el definitivo encuadramiento jurídico en la Iglesia universal, como si fuera una asociación de derecho diocesano”, es una condición necesaria que deben satisfacer todas las congregaciones religiosas católicas en Argentina.

El documento del Cardenal Poli no tiene incidencia canónica, pues no puede hacer las veces de la autoridad romana, que es la única que puede determinar la situación canónica de la Fraternidad. Se trata sólo de un requisito que habilita una decisión administrativa del Estado Argentino, “hasta que (la Fraternidad San Pío X) encuentre el definitivo encuadramiento jurídico en la Iglesia universal”.

Ha de saberse que en Argentina el apostolado de las congregaciones religiosas católicas no puede desarrollarse sino en un marco administrativo y jurídico condicionado por la inscripción en el Registro de Institutos de Vida Consagrada, previa consulta de la autoridad eclesiástica.

El hecho que el Cardenal Poli haya sucedido al Cardenal Bergoglio en la sede arzobispal de Buenos Aires puede conducir legítimamente a pensar que esta decisión no ha sido tomada sin consultar al Papa Francisco. Con todo, no se trata más que de una cuestión estrictamente administrativa en el contexto específico de la República Argentina.


(Sources: FSSPX-MG/Clarin/BO Rép. Arg. – DICI du 13/04/15)

El documento oficial que reconoce a la FSSPX como parte de la Iglesia.

Como ya saben muchos de nuestros lectores, se ha abierto un gran debate respecto de la Resolución 25/15 del Ministerio de relaciones exteriores y culto (la que copiamos a continuación tal como está publicado en la página web del Boletín Oficial de la República Argentina). En dicho debate, hay dos posturas contrarias: los que pretenden un acuerdo práctico y canónico de la FSSPX con las autoridades romanas y los que se oponen a dicho acuerdo práctico sin antes un acuerdo en el campo de lo doctrinal. Como podemos constatarlo, tanto los acuerdistas como los antiacuerdo, están de acuerdo en que esto que ha ocurrido, es un paso para dicha unión con la autoridad romana. Podemos leerlo en el artículo de Syllabus del 13-Abr-2015, o podemos leerlo en las declaraciones del p. Paul Aulagnier. El p. Paul Aulagnier es quien, con otros miembros, dejaron la FSSPX en el 2006 para iniciar lo que conocemos como Instituto del Buen Pastor. También podemos constatarlo en el blog favorable a la postura acuerdista Wanderer (13-Abr-2015)- que directamente le da la bienvenida a la congregación. Como ya dijimos, ambas posturas están de acuerdo en algo: que esta Resolución meramente “administrativa” y que “no tiene incidencia canónica” -según el comunicado de Menzingen en DICI 13-Abr-2015, es un paso para un reconocimiento por parte de las autoridades romanas. El famoso portal vinculado a la Fraternidad Sacerdotal San Pedro (comunidad de “sensibilidad tradicional” en “plena comunión”), publica dos estudios jurídicos al respecto, en el cual, se llega a la conclusión de que esta Resolución administrativa “se trató de algo previamente acordado y aceitado en su presentación, imposible de realizar sin la venia de Roma y Econe”. Podemos ver leer los estudios publicados en Adelante la Fe de 13-Abr-2015 y su continuación y explicación del 15.Abr-2015.


Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina, 17-Mar-2015.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
SECRETARÍA DE CULTO


Bs. As., 17/3/2015
VISTO el Expediente N° 9028/2015 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, la Ley N° 24.483 y su Decreto Reglamentario N° 491 de fecha 21 de septiembre de 1995, y

CONSIDERANDO:

Que conforme al Protocolo N° 084/15 de fecha 23 de febrero de 2015, el Arzobispo de Buenos Aires, Mario Aurelio Cardenal POLI, solicita que la “FRATERNIDAD DE LOS APÓSTOLES DE JESÚS Y MARÍA” (FRATERNIDAD SACERDOTAL SAN PÍO X) sea tenida, hasta que encuentre el definitivo encuadramiento jurídico en la Iglesia Universal, como una Asociación de Derecho Diocesano, según lo normado por el canon 298 del Código de Derecho Canónico, in fieri de ser una Sociedad de Vida Apostólica, con todos los beneficios que a ésta le corresponde y dando cumplimiento a todas las obligaciones que a la misma le refiere, asumiendo también las responsabilidades que competen al Prelado diocesano.

Que dicha fraternidad, encuentra acreditada su carácter de persona jurídica pública dentro de la IGLESIA CATÓLICA APOSTÓLICA ROMANA, conforme las normas del Código de Derecho Canónico.

Que según sus estatutos, aprobados por la autoridad eclesiástica competente, la fraternidad es una sociedad sacerdotal de vida común sin votos, a imitación de las sociedades de las Misiones Extranjeras (conf. Capítulo I, Artículo 1°, Estatutos de la Fraternidad de los Apóstoles de Jesús y María).

Que el Artículo 3°, inciso f) del Decreto N° 491/95 autoriza la inscripción en el Registro creado por Ley N° 24.483, a las personas jurídicas reconocidas por la autoridad eclesiástica, que guardan semejanza o analogía con los institutos de vida consagrada y sociedades de vida apostólica.

Que la institución solicitante ha cumplido con todos los requisitos exigidos por la normativa vigente, acompañando sus estatutos, decreto de erección y memoria, de acuerdo a lo establecido por la Ley N° 24.483.

Que corresponde hacer lugar a la presente inscripción toda vez que la peticionante encuadra en los términos previstos por el Artículo 3°, inciso f) del Decreto N° 491/95.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 17 del Decreto N° 491/95.

Por ello,

EL SECRETARIO
DE CULTO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Reconócese como persona jurídica a la “FRATERNIDAD DE LOS APÓSTOLES DE JESÚS Y MARÍA” (FRATERNIDAD SACERDOTAL SAN PÍO X), Asociación de Derecho Diocesano, con sede legal y domicilio especial en la calle Venezuela N° 1318, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, la que queda inscripta bajo el número TRESCIENTOS OCHENTA Y UNO (381) del Registro de Institutos de Vida Consagrada.

ARTÍCULO 2° — Otórgase a dicha entidad el carácter de entidad de bien público a todos los efectos que correspondan.

ARTÍCULO 3° — Hágase saber que la referida persona jurídica se encuentra beneficiada por el tratamiento dispensado por el Artículo 20, inciso e) de la Ley de Impuesto a las Ganancias (texto ordenado en 1997).

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Emb. GUILLERMO R. OLIVERI, Secretario de Culto.

lunes, 6 de abril de 2015

Francisco lava los pies a un transexual al que luego dan la Comunión


¿Se acuerdan de aquel texto borrador del Sínodo de los obispos sobre la familia del 2014 párrafo temático N° 50 que decía: “Las personas homosexuales tienen dones y cualidades para ofrecer a la comunidad cristiana: ¿estamos en grado de recibir a estas personas, garantizándoles un espacio de fraternidad en nuestras comunidades? A menudo desean encontrar una Iglesia que sea casa acogedora para ellos. ¿Nuestras comunidades están en grado de serlo, aceptando y evaluando su orientación sexual, sin comprometer la doctrina católica sobre la familia y el matrimonio?

Bueno, acá ese texto llevado a la praxis por la máxima autoridad:

Adelante la Fe, 06-Abr-2015.

Nos limitamos a reproducir el vídeo donde el propio transexual cuenta la experiencia. Ignoramos qué conocimiento tenía el Papa de esta circunstancia, pero sí es cierto que no fueron personas espontáneas, sino elegidas previamente no sabemos por quién ni con conocimiento de quién. Igualmente parece que esta “peculiaridad” era ya vox populi con carácter previo a la ceremonia. Nosotros simplemente constatamos el hecho. Alguien debería aclararlo pues puede llevar a escándalo. A tenor de lo que se ve el transexual no parece un caso de arrepentimiento, puesto que se sigue presentando y vistiendo en tanto que tal, y como tal actúa y comulga.





Nota de Stat Veritas:

Este acto de Fracisco es completamente escandaloso porque, mediante él, se confirma a un “hermano” en el pecado y no en la Fe, como es deber de todo aquél que se sienta en el trono de Pedro. En vez de corregir su pecado, lo confirma con un acto de “bendición” que, más bien, se troca en maldición. Vayan estas palabras de advertencia de San Pablo para aquél que comulga en pecado mortal de sodomía, pecado que -sin arrepentimiento de por medio- clama al Cielo:

“De modo que quien comiere o bebiere el cáliz del Señor indignamente, será reo del cuerpo y de la sangre del Señor. Pero pruébese cada uno a sí mismo, y así coma y beba del cáliz; porque el que come y bebe, no haciendo distinción del Cuerpo (del Señor), come y bebe su propia condenación.” (I Cor; 9, 27-29).


También, como hemos visto en el video, la comunión del “transexual” es filmada y publicada por la misma TV oficial del Vaticano. El escándalo es oficializado. Esperamos escuchar las voces de los obispos y sacerdotes de la Tradición, condenar este escandaloso acto público perpetrado por la máxima autoridad de la Iglesia.

Algunas imágenes del escandaloso acto papal:




Los rostros con la cuota de emotivo sentimentalismo, típico de los modernistas.

Saludo Pascual.

Stat Veritas le desea a sus lectores
una santa y feliz Pascua de Resurrección

jueves, 2 de abril de 2015

En esta Semana Santa, ¿vacaciones o luto?


La masonería enquistada en la república del Uruguay,
llama semana de turismo a la Semana Santa. 

Publicamos una antigua publicación nuestra que nos parece pertinente para estos momentos.

La semana Santa
¿semana de vacaciones o de luto?

El Jueves Santo, el Viernes Santo y el Sábado Santo forman el Triduo Sacro. Son los días de la Semana Santa, de la semana más importante de la historia de la humanidad. Porque para nada hubiera servido la creación si no hubiera habido la salvación.
Cristo se hizo nuestro Cordero que carga con nuestros pecados. Cristo quiere “morir a fin de satisfacer en nuestro lugar a la justicia de Dios, por su propia muerte”, dice Santo Tomás de Aquino en su “Suma Teológica” (IIIa parte, cuestión 66, 4).
La Semana Santa es la Semana de la Pasión de Nuestro Señor Jesucristo.
La Pasión significa los sufrimientos y la muerte de Cristo en la Cruz. Pasión, Redención, Salvación y vida eterna para nosotros están vinculadas. Sin los sufrimientos, la Cruz y la muer­te de Cristo no hay salvación para ti, pecador ingrato.
Cristo acepta ser maltratado, para que tú no lo seas eternamente; Cristo acepta ser flagelado para que tú no seas flagelado por los demonios y el fuego en el infierno.
Cristo acepta gustar la tremenda sed de la crucifixión; acepta gustar la muerte amarga de la Cruz, para que tú no gustes la sed eterna de Felicidad. Cristo acepta ser deshonrado en la Cruz para que tú no seas deshonrado y confundido en el día del Juicio Final.
Y tú, hijo ingrato, ¿qué haces en esos días de la Semana Santa mientras que tu Señor está muriendo en tu lugar para salvarte? ¿Cómo los utilizas? ¿A dónde vas? ¿Por qué los profanas?
Si en esos días tu patrón te dispensa de trabajar porque es Semana Santa, Semana de Luto, Semana de la Muerte del Hijo de Dios; tú deberías saber muy bien que esos días santos no son días de vacaciones, ni de disipación, ni de playa. Son días de penitencia, de oración y de lágri­mas.
El Hijo de Dios hecho hombre está luchando contra el demonio y la justicia divina para librar­te. Sí, para librarte a ti y a tu familia del más grande peligro que pueda existir: el de la perdición eterna. Sábelo, incúlcalo a tus hijos para que sean agradecidos con su Salvador.
La Sangre que borra tus pecados es la de tu Bienhechor: Nuestro Señor Jesucristo. Es Dios mismo Quien te lo dice: “Sin efusión de sangre no hay remisión de pecados” (Hebreos, 9, 22). Ningún hombre puede conseguir por sí mismo el perdón de sus pecados. Debe buscarlo en otra parte: ¿dónde? en la Sangre del Hijo de Dios que murió en la Cruz el Viernes Santo. San Pablo dice: “En Él, por su Sangre tenemos la redención, el perdón de los pecados...” (Efesios, 1, 7).
Sobre todo no digas que no has pecado y no necesitas del perdón. Si lo dijeras, manifestarí­as tu gran ceguedad e ignorancia. “Si decimos: «No tenemos pecado», nos engañamos y la verdad no está en nosotros. Si reconocemos nuestros pecados, fiel y justo es él para perdonarnos los pecados y purificarnos de toda injusticia. Si decimos: «No hemos pecado», lo hacemos men­tiroso y su Palabra no está en nosotros” (I San Juan, 1, 8).
El hombre no puede ofrecer sacrificio propiciatorio por sus pecados. Nuestro Señor Jesucristo se hizo propiciación por nuestros pecados. Él se ofrece el Viernes Santo en Sacrificio propiciatorio por ti. Sólo, mediante la Sangre de Cristo, puedes purificarte, puedes liberarte de las cadenas del pecado y de la "tiranía del demonio.
Y en estos días durante los cuales Cristo está en los tormentos de la Cruz para merecerte la salvación, tú, pecador necesitado, tú te vas a la playa, a pasearte, divertirte, quizás a acumular más pecados a los que ya hayas cometido. ¡Despiértate, hermano mío, despiértate de tu letargo! ¡Sé agradecido con tu Bienhechor!   ¡Actúa como católico verdadero!
Ve al templo a ver y a escuchar lo que en tu lugar está padeciendo Cristo. Has de saber que la ingratitud atrae el castigo de Dios más bien que su misericordia. No seas, pues, ingrato sino agradecido.
La gratitud cristiana consagra el Triduo Santo para conocer más lo que hizo Nuestro Señor Jesucristo por nosotros e impulsarnos a la penitencia, a la sincera conversión y a la enmienda de nuestra vida tibia y mediocre.

El Jueves Santo es el día en que el Señor Jesús antes de ir a su Pasión te dejó el Memorial de su Muerte. Para aplicar los frutos de su Pasión a tu alma, instituyó el Sacramento de su Amor que es la Sagrada Eucaristía y el Sacerdocio para consagrarla. Él dijo: “haced esto en memoria mía”, para recordarnos lo que padeció por puro amor hacia los ingratos que somos; para comu­nicar a nuestras almas la santidad y el remedio contra el pecado mediante la digna recepción de su Cuerpo.
Y  ¡tú irías a divertirle en ese día! No sabes que Cristo dijo: “El que come mi Carne y bebe mi Sangre tiene la Vida Eterna y Yo le resucitaré el último día. Porque mi Carne es verdadera comida y mi Sangre es verdadera bebida. El que come mi Carne y bebe mi Sangre esta en Mí y Yo en él” (San Juan 6, 54-56). Y tú que pretendes ser discípulo de Cristo ¿por qué te privas del Pan celestial que sana, purifica, santifica y pacifica tu alma y tu hogar? Si por tu culpa no apro­vechas del remedio que Cristo te ofrece ¿por qué te quejas de tener problemas en tu vida, fami­lia y trabajo?

El Viernes Santo es para que grites con y en la Iglesia misericordia para ti mismo y para todo el género humano. El Viernes Santo es para que participes en las exequias de Cristo, escuchan­do el Evangelio de la Pasión y las Siete Palabras que son las últimas recomendaciones de Cristo, Nuestro Redentor.
Aprovecha el Viernes Santo para confesar con lágrimas tus iniquidades, lavar tu alma de la lepra del pecado con la Sangre de Cristo, participar en la Pasión de tu Salvador, para tener parte con Él en su victoria.
El Viernes Santo, sufrió Cristo para merecerte el ser librado del pecado que es el más horri­ble cáncer que pueda existir, y del infierno, que es la más grande de las desgracias.
Y tú ¿irías de vacaciones con tantos otros neo-paganos quizás para matarte en el camino de la ingratitud? El Viernes Santo es para que hagas el Vía Crucis, medites lo que padeció por ti tu Señor, para darte cuenta de lo que merece el pecado.
Lee los últimos capítulos de San Mateo, Marcos, Lucas y Juan, o ve la Pasión de Mel Gibson para que te des cuenta del precio que Cristo pagó para librarte del poder del pecado y del demonio y hacerte hijo de Dios. El Viernes Santo es día de ayuno y penitencia, silencio y lágrimas y no día de playa y placeres.
El Sábado Santo es día de Luto. Hombres y mujeres deberían vestirse con ropa de luto para acompañar a la Santísima Madre de los Dolores. El Sábado Santo debería servir para meditar con espanto lo que merece el pecado, porque si al Justo que cargó con nuestros crímenes así se lo castiga, ¿que será del culpable si muere con su pecado?
En resumen, hermano mío, escucha a Dios mismo que dice a cada uno de nosotros: “No tar­des en convertirte al Señor, ni lo difieras de un día para otro; porque de repente sobreviene su ira, y en el día de venganza acabará contigo” (Eclesiástico, 5, 8.).
Aprovecha la Semana Santa para convertirte al Señor, porque la sincera conversión y el ver­dadero arrepentimiento aseguran el Perdón de los pecados; dan la Paz al alma y, al fin, la Vida Eterna.


Tomado del boletín dominical “Fides” Nº 900, año 2010.